El VIH explicado a juristas
La jornada ha comenzado con la ponencia de la Doctora Ana Mariño, vocal de la Junta Directiva de Gesida, exponiendo la evolución científica y médica que ha experimentado el VIH, desde 1981, cuando no se conocía qué causaba la aparición de enfermedades oportunistas en personas sanas que presentaban una deficiencia en sus defensas y fallecían, hasta la actualidad, cuando se ha conseguido que con la medicación antirretroviral una persona tenga la carga viral indetectable en sangre y, por tanto, no transmita la enfermedad (estudio PARTNER y estudio HPTN 052). Así mismo ha recordado que, las vías de transmisión están perfectamente identificadas (vía sexual, sangre y leche materna y materno-fetal), no produciéndose la transmisión por compartir el lugar de trabajo, la escuela, compartir ducha, vajilla, toallas o por la saliva.
Igualdad y No Discriminación por razón de salud o discapacidad: el caso del VIH
Miguel Ángel Ramiro Avilés, profesor de Filosofía del Derecho y coordinador de la Clínica Legal de la UAH, ha puesto de relieve que los avances científico-médicos no se han visto reflejados de la misma manera en la respuesta normativa, pues a día de hoy las personas con VIH no pueden disfrutar los derechos en igualdad de condiciones que el resto de personas, porque sigue existiendo un gran estigma social hacia esta enfermedad, que, en muchas ocasiones, les provoca vivir situaciones discriminatorias en diferentes escenarios de su vida, así como limitaciones en sus derechos fundamentales. A pesar de ello, en los dos últimos años en España se ha comenzado a construir una respuesta normativa basada en los derechos humanos para alcanzar el Cuarto 90.
A lo largo de la sesión se ha subrayado que, en muchas ocasiones, las personas con VIH no conocen cuáles son sus derechos y las reformas legislativas que se han llevado a cabo; siendo, esta es la principal labor de la Clínica Legal, organizada conjuntamente entre la UAH y CESIDA, la alfabetización jurídica de las personas con VIH con el fin de que conozcan sus derechos y la protección que tienen por parte del ordenamiento jurídico.
La función social de la abogacía
Ana Higuera, Directora de proyectos jurídicos Pro Bono en la Fundación Fernando Pombo, ha expuesto la función social de la abogacía que llevan a cabo desde la Fundación, centrada en el desarrollo de, como es la migración, el acceso a la protección de la proyectos encaminados a fortalecer el Estado de Derecho y los Derechos Humanos de las personas en situación de vulnerabilidad, a través de la innovación jurídica para encontrar soluciones a los problemas sociales más complejossalud y la exclusión social, entre otros, promoviendo una abogacía responsable con acciones como la participación y apoyo a las Clínicas Jurídicas.
Intimidad y protección de datos personales relativos a la salud: el caso del VIH
Ha continuado la primera sesión del IN-CLINIC 2020 con la ponencia de Mónica Arenas, profesora de Derecho Constitucional, que ha expuesto cual es el contenido del derecho a la intimidad y del derecho a la protección de datos y la diferencia que existe entre ambos. Ha ejemplificado su explicación con algunos de los casos más comunes que llegan a la Clínica en relación con esta problemática, pues las personas con VIH a menudo ven vulnerados estos derechos, y las vías de actuación que contempla nuestro ordenamiento jurídico para su defensa.
El despido y el acoso laboral por razón de salud o discapacidad: el caso del VIH
El cierre de la primera sesión ha estado a cargo de Eduardo López Ahumada, profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, que ha tratado otro de los temas que con más frecuencia se repite en las consultas que llegan a la Clínica Legal, el despido y el acoso laboral por razón de VIH. Ha comenzado destacando la plena compatibilidad de la actividad laboral con el VIH, por lo que el despido por tener VIH es discriminatorio pudiendo ser declarado nulo. Igualmente, ha destacado que el acoso laboral se puede producir por diversas vías y debe ser una situación sostenida en el tiempo, pero lo importante es que como trabajador/a se tienen reconocidos derechos que la normativa protege, debiendo informar de esta situación (por ejemplo, a la Inspección de Trabajo) que, en ocasiones, tiene como objetivo que el/la trabajador/a abandone la empresa.