En esta primera sesión de las jornadas IN-CLINIC 2021, han participado cinco ponentes que están muy involucradas en el trabajo que realiza la Clínica Legal desde sus inicios.
El VIH explicado a juristas
La jornada ha comenzado con la ponencia ‘VIH explicado a juristas’, de Cristina Arcas, enfermera y antropóloga social y cultural y responsable del área de salud de Salud Entre Culturas.
Durante la ponencia, ha expuesto qué es el virus y cómo ha sido la evolución científica y médica que ha experimentado el VIH, haciendo especial hincapié en los avances que se han producido y se siguen produciendo en la medicación antirretroviral. Así mismo, ha recordado que las vías de transmisión están perfectamente identificadas: vía sexual, sangre y leche materna y materno-fetal, no produciéndose la transmisión por compartir el lugar de trabajo, la escuela, compartir ducha, vajilla, toallas o por la saliva.
El VIH desde el punto de vista comunitario
A continuación, intervino Toni Poveda, director de CESIDA, activista LGTBI y del VIH y vicepresidente de la Asociación Pedro Zerolo, que expuso la evolución social que ha tenido el VIH desde que apareció la enfermedad hasta nuestros días.
En los medios de comunicación se le llamaba el “cáncer rosa”, influidos por la sociedad del momento y, concretamente, por la religión, que lo consideraba un castigo divino. Con la llegada del VIH se estigmatizó aún más a las personas LGTBI, culpando a este colectivo de la enfermedad; estigma que perdura hasta nuestros días, a pesar de los avances científicos.
Así mismo, ha destacado que sigue existiendo discriminación en el ámbito sanitario hacia las personas con VIH, y ha subrayado el impacto de género pues se sigue investigando sin tener en cuenta las necesidades de las mujeres, existiendo, además, barreras de acceso a determinados tratamientos por ser mujer, pues los requisitos están destinados a hombres que tienen sexo con hombres.
VIH y derechos humanos
Seguidamente, la sesión ‘VIH y derechos humanos’ estuvo a cargo de Paulina Ramírez, becaria de investigación de la UAH y colaboradora en gTt-VIH, en la que puso de relieve que los avances científico-médicos no se han visto reflejados de la misma manera en la respuesta normativa, pues a día de hoy las personas con VIH no pueden disfrutar los derechos en igualdad de condiciones que el resto de personas, porque sigue existiendo un gran estigma social hacia esta enfermedad, que, en muchas ocasiones, les provoca vivir situaciones discriminatorias en diferentes escenarios de su vida, así como limitaciones en sus derechos fundamentales. A pesar de ello, en los dos últimos años en España se ha comenzado a construir una respuesta normativa basada en los derechos humanos para alcanzar «el cuarto 90».
A lo largo de la sesión ha subrayado que, en muchas ocasiones, las personas con VIH no conocen cuáles son sus derechos y las reformas legislativas que se han llevado a cabo, siendo esta la principal labor de la Clínica Legal, organizada conjuntamente entre la UAH y CESIDA, la alfabetización jurídica de las personas con VIH con el fin de que conozcan sus derechos y la protección que tienen por parte del ordenamiento jurídico.
Igualdad y no discriminación por razón de salud
Posteriormente, la cuarta sesión de la jornada ha continuado con la ponencia de Alina Nastasache, becaria de investigación de la Clínica Legal-UAH y abogada TIC, que ha explicado el derecho a la igualdad y no discriminación por razón de salud. Ha expuesto cómo está configurado el sistema antidiscriminatorio en el ordenamiento jurídico español, centrándose en las situaciones de discriminación por el estado de salud y, en concreto, la situación de las personas con VIH.
Después de analizar los tipos de discriminación y cómo se realiza el juicio de proporcionalidad (aquel que permite determinar cuándo nos encontramos ante una discriminación prohibida por el derecho de igualdad), ha analizado un caso de discriminación por asociación recibido en la Clínica Legal. En concreto, el caso trataba de una persona que había sido excluido de donar sangre por convivir con una persona con VIH.
VIH y migración
Continuando con la jornada, Paulina Ramírez ha abordado la cuestión que con mayor frecuencia se recibe en la Clínica Legal: el acceso de las personas migrantes con VIH al derecho a la protección de la salud. Ha destacado que el punto común de todas las consultas es la necesidad de acceso al tratamiento antirretroviral y al sistema sanitario en general, que depende exclusivamente de la situación administrativa en la que se encuentren.
Se trata de un ámbito en el que es posible encontrar la discriminación indirecta de los estudiantes extracomunitarios que tienen VIH, que se encuentran con la barrera de un requisito neutro, como es la contratación de un seguro de salud para acceder a un visado de estudios, que les dificulta venir a estudiar a España porque no pueden acceder al tratamiento antirretroviral.
La dimensión laboral del VIH
El cierre de la segunda sesión ha estado a cargo de Pilar Fernández Artiach, profesora del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social en la Universitat de Valencia y codirectora de la Clínica Jurídica-UV, que ha tratado las cuestiones jurídicas que con más frecuencia llegan a la Clínica Legal en relación con el VIH. Una de ellas y la que más problemas jurídicos plantea, es la prueba de detección del VIH en el ámbito laboral.
Esta cuestión está relacionada con la prevención de riesgos laborales cuya naturaleza es la seguridad y salud laboral, pero ha hecho hincapié en que el reconocimiento médico es voluntario, que para su realización se debe prestar un consentimiento válido y que solo debe ceder por causas justificadas, como que se pueda producir una situación en la que el/la trabajador/a pueda poner en riesgo su propia salud o la de terceras personas con las que se relacione en su ámbito laboral.
Ha destacado que las pruebas médicas implican una invasión sobre la integridad corporal, así como una intromisión en el derecho fundamental a la intimidad que puede llevar a la estigmatización del/a trabajador/a, por lo que deben tener una aplicación lo más restrictiva posible. Por dicho motivo, la obligatoriedad del reconocimiento médico y las pruebas que lleven a cabo, deben superar una justificación objetiva, razonable y ser imprescindibles, de lo contrario se estarían vulnerando los derechos fundamentales de los/as trabajadores/as. Esa excepción a la voluntariedad en el reconocimiento médico no se produce en el caso del VIH, pues las vías de transmisión están definidas con claridad y con los avances farmacológicos actuales no existe ningún riesgo de transmisión, incluso en los trabajadores en el ámbito sanitario. Así, la prueba del VIH al personal sanitario no superaría un juicio de proporcionalidad en sede constitucional y sus derechos fundamentales se verían vulnerados.
Por último, analizó otro de los temas que con más frecuencia se repite en las consultas que llegan a la Clínica Legal, el despido y el acoso laboral por razón de VIH. Destacó la plena compatibilidad de la actividad laboral con el VIH, por lo que el despido por tener VIH es discriminatorio pudiendo ser declarado nulo.
Igualmente, ha destacado que el acoso laboral se puede producir por diversas vías y debe ser una situación sostenida en el tiempo, pero lo importante es que como trabajador/a se tienen reconocidos derechos que la normativa protege, debiendo informar de esta situación (por ejemplo, a la Inspección de Trabajo) que, en ocasiones, tiene como objetivo que el/la trabajador/a abandone la empresa.