REDER ante el fallo del Tribunal Constitucional sobre el recurso contra el Real Decreto-Ley 16/2012 de 20 de abril

En pleno inicio de las vacaciones de Agosto, el Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado el recurso presentado en su día por el Parlamento de Navarra sobre el Real Decreto-Ley 16/2012 (RDL) que impuso a golpe de excepcionalidad la exclusión sanitaria. Esta es una decisión más que preocupante y que ha dividido al propio Tribunal como muestran los tres votos particulares que disienten de la posición mayoritaria.
Ante esta decisión, decepcionante a todas luces, la Red de Denuncia y Resistencia al RDL 16/2012 – REDER – manifiesta lo siguiente:
Su total desacuerdo con la sentencia que viene a avalar las posiciones políticas del Gobierno del Partido Popular, defendidas por la Abogacía del Estado. En este sentido nuestra red coincide básicamente con los argumentos expresados en los votos particulares presentados.
Recuerda además que el partido del Gobierno aprobó el citado RDL con carácter de urgencia, eludiendo el debate público y en contra del criterio de todos los demás grupos parlamentarios; así como expertos en Salud Pública, Sociedades científicas, sectores profesionales y organizaciones concernidas de la Sociedad civil. En la exposición de motivos del citado RDL no sólo no se fundamenta en absoluto la relación entre los cambios sustantivos que se introducen y la sostenibilidad del SNS, sino que además no se resuelven los problemas que dice la norma pretende resolver como los supuestos del llamado “turismo sanitario” y el pago de los ciudadanos comunitarios residentes temporal o permanentemente en España. A día de hoy aún no ha sido publicada memoria económica alguna que justifique la medida adoptada.
La exclusión de las personas inmigrantes en situación irregular de la asistencia sanitaria (excepto en el caso de menores, mujeres embarazadas y urgencias), es una medida regresiva en materia de Derechos Humanos y contraria a las obligaciones internacionales del Estado español, tal y como han reiterado múltiples instituciones europeas y de Naciones Unidas. Cabe recordar que la propia Constitución prevé la incorporación al ordenamiento constitucional de los tratados internacionales ratificados por España, entre ellos el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que contempla en su artículo 12 la obligación de garantizar “el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental”.
El Tribunal Constitucional en su sentencia alega que “el que los poderes públicos deban organizar las prestaciones y servicios necesarios para garantizar la protección de la salud, no significa que estas prestaciones hayan de ser necesariamente gratuitas para todos los potenciales destinatarios”. Desde REDER queremos recordar que una cosa es la gratuidad en el punto de uso y otra muy distinta la contribución a la financiación del Sistema Nacional de Salud (SNS) que realizan todas las personas que viven y consumen en España, pues este se sostiene a través de impuestos – directos e indirectos. Así, las personas inmigrantes en situación irregular contribuyen – a través de su consumo diario y de la riqueza que generan con su trabajo – al sostenimiento de un sistema de salud del que son injustamente excluidas.
La Sentencia del TC contradice anteriores opiniones, expresadas en los autos de levantamiento de la suspensión de las normativas específicas de la Comunidad Foral de Navarra y de la Comunitat Valenciana que argumentaban que “el derecho a la salud y el derecho a la integridad física de las personas afectadas por las medidas impugnadas, así como la conveniencia de evitar riesgos para la salud del conjunto de la sociedad, poseen una importancia singular en el marco constitucional, que no puede verse desvirtuada por la mera consideración de un eventual ahorro económico”. Frente a la primacía otorgada en aquellas decisiones al derecho a la salud, la nueva decisión subordina ahora este a criterios economicistas, sentando un peligroso precedente.
El RDL es una medida injusta desde la óptica de derechos, pero resulta además ineficaz desde la perspectiva de salud pública al contradecir el principio de prevención que debe guiar todo sistema sanitario público. Más aún, es ineficiente desde el punto de vista económico pues no sólo traslada los costes de la Asistencia Primaria a las urgencias (más caras), sino que persigue el ahorro a costa de un colectivo – las personas inmigrantes en situación irregular – cuyo uso del sistema sanitario es significativamente inferior proporcionalmente al del resto de la población, de acuerdo con la evidencia científica disponible.
En términos políticos y sociales, el RDL 16/2012 marca un antes y un después en la configuración del Sistema Nacional de Salud (SNS). Excusándose en el supuesto riesgo de colapso del SNS como consecuencia de la crisis económica, impone una profunda modificación del sistema que rompe con una tendencia progresiva hacia la universalización de la asistencia sanitaria basada en la Constitución Española (1978), promovida con la Ley General de Sanidad (1986), continuada por la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud (2003) y la Ley General de Salud Pública (2011).
Pero seguramente la mayor regresión se da en la propia concepción del sistema mediante la sustitución del concepto de ciudadanía por el de aseguramiento para tener derecho a la asistencia sanitaria. Es decir, el derecho a la salud y la asistencia sanitaria se genera no por la condición de ciudadano, si no por el de asegurado. Lo cual significa retrotraernos a los tiempos preconstitucionales, anteriores a nuestro SNS, donde existía la asistencia de la Seguridad Social para los asegurados y la beneficencia para el resto. Teniendo además en cuenta, que desde los años 80 se ha ido incrementando progresivamente la financiación del Sistema a través de impuestos y disminuyendo la contribución de la SS.
REDER seguirá trabajando para conseguir la derogación del RDL y por la universalización del derecho a la salud para todas las personas independientemente de su situación administrativa. Seguiremos defendiendo que para ello son necesarios Sistemas de Salud financiados por impuestos y sin pagos en el momento de la asistencia; que garantizan el derecho a la salud y su protección, promoción y asistencia en condiciones de igualdad, equidad y no discriminación.
Ante esta situación, REDER pide:
A los gobiernos y parlamentos autonómicos que sigan avanzando hasta el límite de sus competencias para garantizar el acceso universal y en condiciones de equidad al sistema público de salud a todas las personas independientemente de su situación administrativa.
Al personal sanitario, de administración y gestión del Sistema Nacional de Salud le animamos a sumarse al movimiento de objeción de conciencia con respecto a la aplicación del Real Decreto-Ley 16/2012, pues consideramos que existe el derecho y el deber de no colaborar con violaciones de derechos humanos.
Al conjunto de la sociedad civil la animamos a apoyar las movilizaciones y acciones de rebeldía frente al Real Decreto-Ley.
A todos los grupos parlamentarios que se han manifestado en contra del RDL – y que a día de hoy cuentan con una presencia mayoritaria en el Congreso – que presenten con carácter de urgencia una iniciativa conjunta para derogar el RDL 16/2012 de 20 de Abril y sus contenidos más regresivos y promueva alternativamente una norma que garantice el derecho a la Salud y la asistencia sanitaria para todas las personas que vivan en España sin distinción alguna. Igualmente solicitamos una financiación suficiente del SNS con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, que incremente la insuficiente financiación actual (consecuencia de los sucesivos recortes), en línea con los países europeos de nuestro entorno y permita revertir la situación actual de deterioro y desmoralización de las y los profesionales, sentando las bases de una verdadera sostenibilidad social, profesional, tecnológica y económica de nuestro Sistema Nacional de Salud.
REDER

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